domingo, 8 de noviembre de 2020

TABLA DE LOS DÍAS LITÚRGICOS

 

 

 

TABLA DE LOS DÍAS LITÚRGICOS

Dispuesta según el orden de precedencia

(NUALC, 59)

 

I

1. Triduo pascual de la Pasión y Resurrección del Señor.

2. Natividad del Señor, Epifanía, Ascensión y Pentecostés.

Domingos de Adviento, Cuaresma y Pascua.

Miércoles de Ceniza.

Semana Santa, desde el lunes al jueves, inclusive.

Días de la octava de Pascua.

3. Solemnidades del Señor, de la bienaventurada Virgen María y de los santos, inscritos en el Calendario general.

Conmemoración de todos los fieles difuntos.

 

4. Solemnidades propias, a saber:

a) Solemnidad del patrono principal del lugar, sea pueblo o ciudad.

b) Solemnidad de la Dedicación y aniversario de la Dedicación de la iglesia propia.

c) Solemnidad del título de la iglesia propia.

d) Solemnidad:

 o del título,

o del fundador,

o del patrono principal de la orden o congregación.

 

II

5. Fiestas del Señor inscritas en el Calendario general.

6. Domingos del tiempo de Navidad y del tiempo ordinario.

7. Fiestas de la bienaventurada Virgen María y de los santos, inscritas en el Calendario general.

8. Fiestas propias, a saber:

a) Fiesta del patrono principal de la diócesis.

b) Fiesta del aniversario de la Dedicación de la iglesia-catedral.

c) Fiesta del patrono principal de la región o provincia, de la nación, de un territorio más extenso.

d) Fiesta del título, o del fundador, o del patrono principal de la orden o congregación y de la provincia religiosa, quedando a salvo lo prescrito en el n. 4.

e) Otras fiestas propias de alguna iglesia.

f) Otras fiestas inscritas en el Calendario de cada diócesis o de cada orden o congregación.

9. Las ferias de Adviento desde el día 17 al 24 de diciembre, inclusive.

Días de la octava de Navidad.

Las ferias de Cuaresma.

 

III

10. Memorias obligatorias inscritas en el Calendario general.

11. Memorias obligatorias propias, a saber:

a) Memorias del patrono secundario del lugar, de la diócesis, de la región o provincia, de la nación, de un territorio más extenso, de la orden o congregación y de la provincia religiosa.

b) Otras memorias obligatorias inscritas en el Calendario de cada diócesis, o de cada orden o congregación.

12. Memorias libres, que aun en los días señalados en el n. 9 se pueden celebrar, pero según el modo peculiar descrito en las Ordenaciones generales del Misal Romano y de la Liturgia de las Horas.

 De la misma manera se pueden celebrar como memorias libres las memorias obligatorias que accidentalmente caigan en las ferias de Cuaresma.

13. Ferias de Adviento hasta el día 16 de diciembre, inclusive.

Ferias del tiempo de Navidad desde el día 2 de enero al sábado después de Epifanía.

Ferias del tiempo pascual desde el lunes después de la octava de Pascua hasta el sábado antes de Pentecostés, inclusive.

Ferias del tiempo ordinario.

 

Otras celebraciones en domingo

Por el bien pastoral de los fieles, es lícito celebrar en los domingos del tiempo ordinario aquellas celebraciones que caen entre semana y que tienen mucha aceptación en la piedad de los mismos fieles, siempre que estas celebraciones puedan ser preferidas al domingo según la tabla de precedencia. De estas celebraciones pueden decirse todas las Misas en que participa el pueblo (NUALC, 58).



No hay comentarios:

Publicar un comentario